Este martes 30 de enero, el Senado aprobó la ley corta de ISAPRES, que significa un «perdonazo» para la deuda de más de mil millones de pesos que deben las aseguradoras privadas de salud a sus usuarios. La ley aprobó la llamada «mutualización» de la deuda de las empresas involucradas. Esto quiere decir que se traspasará el costo de la deuda a todos los clientes, con el propósito de rebajar la deuda a menos de la mitad de lo dictaminado por el fallo de la Corte Suprema.
¿Y de qué se trata la «mutualización» que sacó de la manga la industria de la salud privada y la derecha política? Según detalla la norma, “para el cálculo de dicha deuda, cada Isapre deberá calcular para la totalidad de los contratos que cada una administraba al 30 de noviembre de 2022, la diferencia entre el monto efectivamente cobrado y lo que hubiese cobrado si todos sus afiliados y beneficiarios hubieran empleado la Tabla Única de Factores. Dicha diferencia corresponderá el cobro en exceso que realizó cada Isapre. Dicho cobro en exceso, se distribuirá a prorrata entre los afiliados cuyos pagos fueron superiores a los que se hubieran realizado de haberse empleado la Tabla Única”. En «chileno» las Isapre podrán “socializar” y distribuir la cancelación de la deuda entre quienes pagaron menos y los que pagaron más. Para los usuarios que pagaron menos, la Isapre asumirá que ya cancelaron la diferencia descontando dicho monto de la deuda; mientras que a los que pagaron de más, una parte de lo que se les debía se entenderá como pagado para cubrir a los que pagaron de menos (!!).
Se trata de la forma tradicional en que las empresas privatizan las ganancias mientras que socializan las pérdidas, en este caso, esa socialización es a través de los propios afiliados de la Isapre. Según la derecha, esta era la única forma de hacer viable el sistema (negocio) de la salud privada.
No contentos con aprobar este cachetazo contra los afiliados a las Isapre, también se el Senado resolvió el alza de hasta el 41 por ciento en los planes de salud, lo que entregará más recursos para facilitar el pago para la industria.
Por su parte, los senadores oficialistas afirmaron que la mutualización de la deuda será llevada al Tribunal Constitucional ya que atenta contra el espíritu del fallo de la Corte Suprema.
Los únicos felices son los dueños de las Isapres. Grupos como Banmédica, Consalud, Colmena Golden Cross, Cruz Blanca, entre otros, son los grandes beneficiados con el proyecto aprobado en el Senado y que a partir de marzo deberá ser discutido en la Cámara de Diputados.
Especialistas señalaron que «En un mercado de seguros individuales de salud como el de las Isapre, las aseguradoras cobran primas individuales lo suficientemente altas como para cubrir los costos esperados de cada contrato, los gastos de administración y las utilidades, esto es, de acuerdo con el principio de equivalencia de riesgos. En este caso la mutualización es residual, es decir, los remanentes que quedan posterior a tales ajustes y que se destinan a prorratear coberturas financieras son poco significativos», y añadieron que «Naturalmente, esta estrategia ha llevado a que la mayoría de las personas con alto riesgo, en algún momento, no puedan seguir pagando (y migren a Fonasa) o lo hagan con un gran impacto en sus ingresos (en promedio, un 11%, que puede llegar al 20% o más en ciertos grupos de edad). De esta manera, las Isapre han cobrado primas más elevadas a niños pequeños, mujeres en edad fértil, adultos mayores y personas con enfermedades crónicas o preexistentes, incentivando directa o indirectamente su traslado hacia el sistema de aseguramiento público. Dicho sea de paso, en términos económicos, esto ha significado el otorgamiento de un “histórico” subsidio implícito hacia las Isapre (cotización obligatoria) que ha contribuido al desarrollo de la industria, con el uso del financiamiento de la seguridad social que las personas portan al afiliarse a una Isapre».
Los expertos indicaron que, en que cambio en Fonasa «La forma en que se cobran las primas de seguridad social es diferente de la tarificación basada en la equivalencia de riesgos. Aquí se aplica el principio de seguridad social basado en la mancomunación solidaria en la tarificación, donde la solidaridad es automática ya que no hay relación alguna entre el monto de lo cobrado (el 7% de la renta imponible) y los gastos esperados en salud de cada persona. Todos aportan bajo una regla igualitaria y reciben desde el fondo aquellos que sufren eventos de salud. Esto implica una redistribución significativa de recursos entre personas de distintas edades, sexo y estados de salud, fluyendo naturalmente desde aquellos que tienen menor riesgo hacia los que están en peor condición, es decir, desde los sanos a los enfermos, desde los más jóvenes hacia los más viejos y desde los hombres a las mujeres».
Por el contrario, «la forma de cobrar la prima en el mundo Isapre no ha ocurrido bajo el principio de la solidaridad, inherente a la seguridad social, ya que se ajusta a cada plan individual y evaluación de riesgo esperado. Si queda excedente, estas se transforman en ganancia para las compañías, es por ello por lo que se corrobora la solidaridad como un resultado residual y marginal. Además, históricamente las Isapre no han internalizado todos sus costos, ya que expulsan a las personas por motivos de enfermedad y/o edad y sexo, y esto es algo en lo que Fonasa sí se hace cargo».