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Chile. Por qué los trabajadores de fundaciones subvencionadas por el Estado deben sindicalizarse y negociar colectivamente: El caso de Tierra Esperanza

La comunicadora social Camila Delgado del portal informativo La Izquierda Diario, realizó una entrevista a los dirigentes del Sindicato Tierra Esperanza que se encuentran actualmente en su segundo intento de negociación colectiva, ya que el primero fue impugnado por parte de la fundación, amparada en el código laboral.

– Cuéntenos sobre su sindicato: ¿Cuándo nace, socios, extensión nacional y cuantas negociaciones colectivas tienen?

A comienzos del año 2017, motivados e interesados por consolidar una organización sindical en la fundación, compañeros y compañeras comenzamos a articularnos y reunirnos, concretando en el mes de mayo la creación del Sindicato Tierra Esperanza que agrupa a trabajadores de los distintos programas que ejecuta la fundación del mismo nombre.

El sindicato esta formado por 144 socios/as, entre profesionales, técnicos, administrativos, auxiliares de servicio, los cuales se desempeñan en distintos programas licitados por la empresa (SENDA, SENAME, MIDESO), con cobertura nacional.

A la fecha. estamos en el segundo proyecto de negociación que se presenta a la empresa. Antes, el año 2018, también se presentó uno, siendo la postura de la fundación negarse a negociar, impugnando el proyecto bajo el artículo 304 del código del trabajo (que hace referencia, básicamente, a que aquellas fundaciones que reciben dinero estatal en más de un 50% no deben negociar colectivamente con sus trabajadores), lo cual fue acogido por la Inspección del Trabajo. A pesar de que presentamos antecedentes a favor de nuestro proyecto, estos no fueron considerados. Por eso nos vimos impedidos de ejercer un derecho fundamental de la clase trabajadora organizada como es la negociación colectiva.

– ¿En qué momento de la negociación colectiva se encuentran?

El 13 de agosto entregamos a la empresa el proyecto de negociación, el cual fue respondido el 23 de agosto, bajo los mismos argumentos del año 2018. O seam la empresa impugnó el proyecto, reiterando que como fundación que se subvenciona con fondos públicos (licitaciones), estas no pueden negociar con sindicatos (art. 304). Esa explicación la consideramos un uso “desmedido” de dicho artículo en función de un derecho fundamental de la organización sindical. Sindicatos de otras fundaciones con las mismas características de Tierra Esperanza, sí han alcanzado acuerdos con sus sindicatos mediante negociación colectiva.

– ¿Cuáles son sus principales demandas?

Estamos enfocados paliar las precariedades laborales del área de la intervención en Chile. Estas no han cambiado significativamente en los últimos 20 años, manteniendo los nudos críticos identificados antaño (carga laboral, conciliacion laboral-familiar, rotación de personal, compensaciones y bonificaciones, burn out, política de cuidados, etc).

Con los socios y socias del sindicato hemos construido un proyecto orientado a la mejora de condiciones de trabajo, reajustes de salarios, salud laboral e implementación de leyes orientadas a la conciliación personal, laboral. Sobre todo por la desvalorización de los salarios, falta de una política efectiva de cuidado de equipos (salud laboral) que disminuya el desgaste profesional y la entrada en vigencia de leyes que por “razones técnicas” no se han implementado a la fecha en la empresa (40 horas, conciliación familiar).

– ¿Qué llamado hacen a sus socios y quienes quieran apoyar su negociación?

Estamos ante el desafío de, por una parte, defender nuestro derecho a negociar colectivamente y a exponer a nivel nacional la baja tasa de sindicalización en el área. Las fundaciones que licitan programas que ejecutan políticas públicas, funcionan en condiciones laborales precarias e inestables y por ello es necesario que nos articulemos, que nos apoyemos para defender la negociación colectiva y que más trabajadores decidan organizarse levantando sus demandas mediante la organización sindical.

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