El Juzgado del Trabajo de Temuco, dictaminó en contra de la Corporación Educacional El Bosque, y a favor del Sindicato de Trabajadores del Liceo Camilo Henríquez. El fallo judicial obliga a la Corporación a cancelar una deuda por prácticas desleales en el procedimiento de negociación colectiva que llega a $160 millones de pesos (más de 200 mil dólares), y que debe a los docentes desde 2019.
El 6 de abril del presente año, fue la misma corporación la que ingresó al tribunal una denuncia por prácticas desleales en contra del sindicato, acusándolos de haber cometido estos actos durante el proceso de negociación colectiva. Sin embargo, según lo expresa el fallo de 53 páginas, la acusación presentada por el abogado del liceo, Jorge Lagos, fue desestimada en todas sus partes. Por el contrario, los antecedentes que entregó el Sindicato de Trabajadores fueron acogidos por el tribunal, comprobando que el empleador cometió infracciones a la Ley Laboral durante el proceso de negociación colectiva. Además se cuestionó que la Corporación Educacional El Bosque no haya buscado instancias de diálogo real, ni disposición a entregar documentación solicitada por la autoridad, cuestión que fue denunciada en reiteradas ocasiones por el Presidente del Sindicato de Trabajadores del Liceo, Eugenio López: “el presidente de la Corporación, Miguel Jara Zapata, no acepta dialogar, no acepta conversar, una Corporación ensimismada en que cree estar por sobre la ley, por sobre la autoridad”.
Historia que aún no llega a su fin, ya que para López “aunque este es un hecho inédito, un hecho sin precedentes en la historia de la justicia laboral en Chile y que significa indudablemente un triunfo para los trabajadores de la educación, es el primer paso. Lo que existe es un acercamiento con la Corporación para llegar a la firma de un Contrato Colectivo y acordar un bono de firma de contrato y esa es nuestra meta”. Por lo que los 60 trabajadores (53 profesores, 7 auxiliares, administrativos y para docentes) que se mantienen paralizados no volverán a sus funciones, lo que implicaría que cerca de 2 mil 500 estudiantes aún no podrán retomar sus clases de manera completa.
También en este fallo, el presidente del sindicato de los trabajadores del Liceo fue sobreseído, luego de haber sido acusado por la Corporación por supuestas injurias y calumnias realizadas en medios de comunicación y por rechazar la acción de reanudación de faenas interpuesta por la corporación contra el sindicato.
La demanda presentada por los trabajadores en mayo de este año, buscaba el cobro de prestaciones y beneficios laborales correspondientes al contrato colectivo 2017-2019 y que fueron suspendidos por la misma corporación sostenedora. El Juez del Trabajo, Robinson Villarroel Cruzat, resolvió que debían mantenerse estos beneficios debido a la prórroga de dicho contrato.
El abogado Christian Dulansky, miembro del equipo jurídico del sindicato de trabajadores, detalló las prestaciones adeudadas por la corporación: «Reajuste de sueldo, incentivos académicos, pago de bonos de natalidad, pago de bonos de matrimonio, entre otros beneficios educacionales contenidos en la normativa y en el contrato colectivo vigente. Estos montos no fueron cancelados en el periodo 2019-2020».
Para Dulansky, este fallo ratifica que las demandas presentadas por el sindicato de trabajadores, corresponden a fines educativos. «Lo dice expresamente la Ley de Inclusión, son fines educacionales las remuneraciones y otros beneficios que provienen de contratos individuales y también de contratos colectivos. La propia Ley reconoce los contratos colectivos, y a su vez, reconoce la existencia de procesos de negociación y de sindicatos de trabajadores vinculados a establecimientos», detalló el abogado.
El proceso de negociación colectiva que debió realizarse en 2019, estuvo suspendido entre septiembre de ese año y enero de 2021, por distintas instancias judiciales a las que recurrió la Corporación Educacional El Bosque, ante la negativa de firmar un nuevo contrato colectivo con los trabajadores. En cada una de estas instancias, incluido el Tribunal Constitucional, se validó el derecho del sindicato a negociar colectivamente. Este fallo del juzgado nuevamente ratifica el derecho del sindicato a realizar un proceso de negociación colectiva.
Este proceso judicial se desarrolla en paralelo a la huelga legal que llevan a cabo los trabajadores del Liceo Camilo Henríquez de Temuco, que este 8 de agosto cumplió 153 días. Movilización que busca establecer la firma de un nuevo contrato colectivo vigente para los próximos años, el cual ha sido negado por parte de la corporación apelando a distintos argumentos que han sido desmentidos por las autoridades.